Por este medio, Fresia Ahora reconoce formalmente la recepción de su solicitud de rectificación presentada con fecha 6 de septiembre de 2026, en relación con la publicación del 1 de septiembre de 2026 titulada «Apoderado remite denuncia formal ante la Seremi de Educación por presunto adoctrinamiento político en guía escolar del Liceo de Fresia«.
Conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley N° 19.733, Fresia Ahora procede a publicar íntegramente su aclaración en este medio, con igual despliegue, ubicación y permanencia que tuvo la publicación original, de conformidad con los plazos y requisitos establecidos en la ley.
La aclaración de Sra. Tobar Valdés se publica a continuación en su carácter de derecho a réplica:
DERECHO A RÉPLICA
Conforme al artículo 16 de la Ley N° 19.733 sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo, Fresia Ahora publica la siguiente aclaración de María Zulema Tobar Valdés:
Yo, María Zulema Tobar Valdés, en mi calidad de profesora de la asignatura de Educación Ciudadana del Tercero Medio HC del Liceo Carlos Ibáñez del Campo de Fresia, vengo en ejercer el derecho de rectificación y aclaración consagrado en el artículo 16 de la Ley N° 19.733, en relación con la publicación titulada «Apoderado remite denuncia formal ante la Seremi de Educación por presunto adoctrinamiento político en guía escolar del Liceo de Fresia«, difundida por ese medio con fecha 1 de septiembre de 2026, aproximadamente a las 20:30 horas, en el sitio web www.fresiaahora.cl.
Si bien la publicación referida no me individualiza expresamente por mi nombre, resulto directa e inequívocamente identificable para la comunidad educativa y local a partir de mi rol como docente responsable de la asignatura, del curso involucrado y de la guía pedagógica objeto de la controversia, la cual fue reproducida íntegramente en la nota mediante una fotografía del documento.
La publicación reproduce, sin contraste ni verificación con mi persona ni con la Dirección del establecimiento, afirmaciones de un apoderado que me atribuyen conductas que estimo falsas e injuriosas, específicamente:
- Que el material pedagógico elaborado por mí «responde exclusivamente a la agenda de la izquierda radical»;
- Que en mi labor docente incurro en «proselitismo político» al interior del aula;
- Que estaría «adoctrinando» políticamente a mis estudiantes.
Dichas afirmaciones son inexactas y agraviantes. La guía cuestionada corresponde a una actividad pedagógica enmarcada en los Objetivos de Aprendizaje del currículum nacional vigente para la asignatura de Educación Ciudadana, referida al estudio de casos de vulneración de derechos humanos documentados por organismos oficiales y fallos judiciales, sin que en su elaboración haya mediado intención de adoctrinamiento ni proselitismo de ninguna clase. La publicación omitió contrastar esta versión conmigo o con la Dirección del establecimiento antes de su difusión, y fue seguida de sucesivas notas relacionadas durante cuatro días consecutivos, generando en su primera publicación el 01 de septiembre, más de 1947 interacciones, 1349 comentarios y 174 veces compartido; en su segunda publicación registra 303 interacciones, 150 comentarios y 14 veces compartido; en su tercera publicación registra 327 interacciones, 178 comentarios y 18 veces compartido; en su cuarta publicación registra 50 interacciones, 22 comentarios y es 4 veces compartido. Interacciones públicas que han expuesto mi nombre e imagen profesional al escarnio público dentro de la comunidad, afectando gravemente mi salud y mi honra.

Esta aclaración se publica en cumplimiento de lo establecido en el artículo 16 de la Ley N° 19.733 sobre Libertades de Opinión e Información y Ejercicio del Periodismo.
CONSTANCIA DE PUBLICACIÓN
Fresia Ahora certifica que la presente aclaración ha sido publicada con fecha 7 de septiembre de 2026 en el sitio web www.fresiaahora.cl, en los canales de redes sociales del medio, y permanecerá visible durante el mismo período que la publicación original del 1 de septiembre de 2026.
NOTA DE PRECISIÓN DE FRESIA AHORA
Fresia Ahora, en ejercicio de su responsabilidad editorial y en resguardo de la precisión fáctica, presenta la siguiente información complementaria:
Gestiones previas de consulta:
Se rechaza categóricamente la afirmación contenida en su carta, en la cual sostiene que la nota se difundió «aproximadamente a las 20:30 horas» y «sin contraste ni verificación con mi persona ni con la Dirección del establecimiento». Dicha aseveración falta a la verdad fáctica de los hechos ocurridos el martes 1 de septiembre de 2026, los cuales se encuentran íntegramente respaldados:
- 19:32 horas (1 septiembre): Se tomó contacto directo con el Director del Liceo Carlos Ibáñez del Campo vía WhatsApp, informando de la recepción de la denuncia y solicitando un pronunciamiento institucional.
- 20:29 horas (1 septiembre): Se sostuvo comunicación telefónica directa con María Zulema Tobar Valdés, con duración comprobable de aproximadamente 9 minutos, en la cual se le expuso la situación previa a cualquier difusión de la denuncia.
- 20:54 horas (1 septiembre): El Director del Liceo comunicó por escrito su negativa expresa a emitir declaraciones a la prensa, expresando textualmente: «Nosotros vamos a responder al organismo. Nosotros no le vamos a responder a la prensa».
- 21:17 horas (1 septiembre): Habiendo tomado contacto directo con la profesora y contando con la negativa explícita de la Dirección a referirse al tema, se publicó la nota informativa.
- 2 de septiembre: Personal de Fresia Ahora concurrió presencialmente al establecimiento educacional para reiterar la opción de obtener una declaración formal, oportunidad en la que desde Inspectoría General se ratificó que no emitirían declaraciones a los medios.
Naturaleza de la cobertura:
La labor informativa de Fresia Ahora se limitó a dar cuenta de un hecho verídico: el ingreso formal de un oficio de reclamo ante las autoridades. Fresia Ahora en ningún momento emitió juicios de valor propios ni acusaciones personales contra la labor docente de María Zulema Tobar Valdés, ciñéndose a consignar la existencia de la denuncia y los términos en que fue formulada por el apoderado.
